ADJUNTAMOS INFORMACIÓN PROVISTA POR AFIP EN DONDE INDICA QUE DEJA DE INTERVENIR EN EL SEGUIMIENTO DEL CUMPLIDO DE NEGOCIACIÓN DE LAS DIVISAS DE COBRO DE EXPORTACIONES

Muchos exportadores, durante los últimos meses del año pasado, recibieron requerimientos desde la Dirección General de Aduanas relacionados con la falta del cumplido de negociación de las divisas de operaciones de exportación oficializadas desde el 1/9/2019.

Estos requerimientos se apoyaban en lo indicado mediante las Instrucciones Generales DGA nr 7/2022 y la nr 19/2023.La Instrucción General 6 que se adjunta deroga las Instrucciones mencionadas en el párrafo anterior por lo cual la Dirección General de Aduanas deja de intervenir en el seguimiento de los cobros de las exportaciones.Las actuaciones que se encuentran en curso serán archivadas.

Pero me parece muy importante destacar que en la nueva Instrucción General se indica que de conformidad a lo previsto en la Resolución General N° 2605 (AFIP) –que incorpora la Directiva N° 33 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR del 13 de noviembre de 2008 “Norma Relativa a la Gestión de Riesgo Aduanero”- la Dirección de Gestión del Riesgo, dependiente de la Subdirección General de Control Aduanero, CONTINUARA desarrollando un análisis masivo de información, explotando los datos provistos regularmente por el Banco Central de la República Argentina, a fin de caracterizar a los operadores que poseen incumplimientos con la mencionada entidad. Dicho proceso genera una marca sistémica que es comunicada diariamente a las áreas de riesgo regional y a las áreas de investigaciones para el ejercicio de las funciones que les son propias. Asimismo, la información antes mencionada, es aprovechada como insumo para la detección de exportadores potencialmente inconsistentes y remitida también para la intervención de la Dirección General Impositiva, en el ámbito de sus competencias.

SEGUIMIENTO DE NEGOCIACION DE LAS DIVISAS POR COBROS DE EXPORTACIONES