Enviamos comunicado del BCRA informando sobre el Llamado a licitación de Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (BOPREAL).

El BCRA vuelve a llamar a licitación del Bopreal serie 3.. La próxima licitación tendrá lugar el próximo miércoles 8 y jueves 9 de mayo.

El monto máximo a colocar asciende a VN USD 1.803.362.310.- ( si hay mucha demanda se adjudicaran por prorrateo, en las licitaciones anteriores no hubo muchos oferentes, pero en esta oportunidad se permite a los deudores de utilidades y dividendos participar de la licitación de los Bopreal por lo cual se supone que podría haber muchos interesados)

Por lo tanto, en esta oportunidad los suscriptores pueden ser importadores que tengan deudas pendientes con el exterior por la importación de bienes con despacho aduanero anterior al 12 de diciembre de 2023 o servicios efectivamente prestados o devengados con anterioridad a dicha fecha (no se necesita tener la deuda registrada en la DJDI) y adicionalmente, podrán participar de la licitación las empresas que posean utilidades y dividendos pendientes de pago a accionistas no residentes según la distribución determinada por la asamblea de accionistas, así como también clientes no residentes que posean utilidades y dividendos cobradas en pesos en el país a partir del 1.9.19 y que no han sido remitidos al exterior, de acuerdo con los términos establecidos en la Comunicación “A” 7999.

Les recordamos que el Bopreal serie 3 se amortiza en tres (3) cuotas trimestrales consecutivas el 30 de noviembre de 2025, 28 de febrero de 2026 y 31 de mayo de 2026, correspondientes al 33% del valor nominal original las dos primeras y al 34% del valor nominal original la tercera, pagaderas en dólares estadounidenses.

El suscriptor primario también podría venderlos en mercados secundarios a los efectos de pagar a los acreedores o transferirles los Bopreal sin que esté afectado por ningún parking para seguir operando en el MLC.

Estos Bopreal devengarán intereses trimestrales a la tasa de tres por ciento (3%) nominal anual, los que serán pagaderos los días 31 de agosto de 2024, 30 de noviembre de 2024, 28 de febrero de 2025, 31 de mayo de 2025, 31 de agosto de 2025, 30 de noviembre de 2025, 28 de febrero de 2026 y 31 de mayo de 2026, y serán calculados sobre la base de meses de treinta (30) días y años de trescientos sesenta (360) días (30/360).

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